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EL SECTOR GRÁFICO Y LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Olimpia Fernández Valverde
Departamento de PRL de la Asociación de Empresarios de Artes Gráficas de Madrid (AGM)La PRL trata fundamentalmente de proteger la seguridad y salud de los trabajadores en el ejercicio de su actividad profesional, evitando los riesgos derivados de las condiciones laborales que puedan implicar accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.
En la legislación social, la PRL empieza a estar presente, en una forma rudimentaria y como consecuencia de los efectos de la llamada Revolución Industrial, en los últimos años del siglo XIX y primeros del siglo XX, en lo que podríamos denominar primeras manifestación de intervencionismo estatal en el campo de la prevención y reparación de los riesgos del trabajo, con las lógicas diferencias cronológicas en los distintos países. Esta normativa va evolucionando hasta que, en la actualidad se consolida dentro del ordenamiento doctrinal y legislativo como una disciplina jurídica autónoma. Así, dentro de la naturaleza del contrato de trabajo, y como algo intrínseco al mismo, el empleador tiene la obligación de velar y proveer por la seguridad y la salud laboral del trabajador en la medida que las distintas normas lo van estableciendo.
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